¿Qué diferencia existe entre "formación de demanda" y "formación de oferta"?
De acuerdo al REAL DECRETO 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en su artículo 4 se comenta que el subsistema de formación profesional para el empleo está integrado (entre otras) por las siguientes iniciativas de formación:
a) La formación de demanda, que abarca las acciones formativas de las empresas y los permisos individuales de formación financiados total o parcialmente con fondos públicos, para responder a las necesidades específicas de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores (BONIFICACIONES). Es de libre acceso para cualquier empresa con sede en España que disponga de crédito para formar a sus trabajadores en régimen general.
b) La formación de oferta, que comprende los planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados y las acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados con el fin de ofrecerles una formación que les capacite para el desempeño cualificado de las profesiones y el acceso al empleo (SUBVENCIONES). Los beneficiarios son Organizaciones empresariales y sindicales, que son las encargadas de elaborar los planes de formación ya sea a nivel territorial y/o sectorial.
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